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El Gabinete de México es la denominación informal que recibe un conjunto de entidades de la Administración Pública Federal. Es un grupo de colaboradores que asisten, para el cumplimiento de sus atribuciones y funciones, al presidente de México, el cual lo encabeza. Los titulares y la estructura del gabinete son los responsables del diseño, aplicación, evaluación y garantía de las políticas públicas en el ámbito de sus competencias en materia de gobernabilidad, fuerzas armadas, seguridad pública, economía, relaciones exteriores, servicios públicos (educación, salud, empleo, vivienda, alimentación), infraestructura, medio ambiente, contraloría, entre otras áreas de responsabilidad del Gobierno Federal.[1]
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos contempla dichas instituciones en cinco artículos del mismo apartado (Título III, Capítulo III) que definen al poder ejecutivo federal, que recae únicamente en el presidente de la República, por lo que el gabinete no es depositario de dicho poder, sino un grupo de entidades formalizada en distintos sectores para que pueda atender sus tareas gubernamentales, ya sean para funciones básicas, complementarias, coyunturales o emergentes.
La Administración Pública Federal, según la carta magna y su ley orgánica, se divide en centralizada y paraestatal. Las obligaciones, facultades, requisitos y restricciones a los distintos cargos están determinadas por la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.[2] El principal componente del gabinete son las secretarías de Estado, pero además existen organismos, órganos, empresas estatales y fideicomisos públicos en las que las secretarías pueden o no tener injerencia, pero que igualmente forman parte del gabinete.
El presidente está facultado para nombrar y remover libremente a los miembros del gabinete, así como para decretar la creación de nuevas entidades de la Administración Pública Centralizada. No obstante, el Congreso de la Unión como congreso general o a través de alguna de sus dos cámaras tiene entre sus funciones la ratificación de algunos funcionarios, la inspección de algunas políticas públicas y las reformas hechas a las leyes relacionadas con la Administración Pública Federal.
Históricamente el gabinete se ha dividido en el «gabinete legal»: compuesto por los titulares de las secretarías de Estado, la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la hoy extinta Procuraduría General de la República; y en el «gabinete ampliado»: compuesto por las empresas de participación estatal mayoritaria, organismos descentralizados, órganos administrativos desconcentrados y fideicomisos públicos. Si bien la Oficina de la Presidencia de la República formalmente está integrada a la Administración Pública Federal, comúnmente no se considera parte del gabinete legal, pues cuenta con su propia estructura y normatividad, trabajando directamente con el titular del ejecutivo.[3][4][5]